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Términos de Uso de la Factura Electrónica en el Servicio Fact.pt

Consideraciones iniciales

El Decreto-Ley nº 256/2003 de 21 de octubre transpuso al ordenamiento jurídico interno la Directiva nº 2001/115/CE, del Consejo, de 20 de diciembre, que modificó la Directiva nº 77/388/CEE, del Consejo, de 17 de mayo, con el fin de simplificar, modernizar y armonizar las condiciones aplicables a la facturación en materia del impuesto sobre el valor añadido, permitiendo la emisión, conservación y archivo de facturas por medios electrónicos.

El referido diploma procedió a la modificación de lo dispuesto en el artículo 35º nº 10 del Código del Impuesto sobre el Valor Añadido, permitiendo que las facturas o documentos equivalentes, bajo reserva de aceptación del destinatario, sean emitidos por vía electrónica, siempre que quede garantizada la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, mediante la aposición de firma electrónica avanzada o la utilización de un sistema de intercambio avanzado de datos.

Por su parte, el Decreto-Ley n.º 28/2019, de 15 de febrero, tiene como objetivos esenciales promover la simplificación legislativa y conferir una mayor seguridad jurídica a los contribuyentes, consolidando y actualizando legislación dispersa relativa al tratamiento de facturas y de otros documentos fiscalmente relevantes, así como armonizando reglas divergentes en materia de conservación de documentos a efectos de impuesto sobre el valor añadido (IVA), de impuesto sobre la renta de las personas jurídicas (IRC) y de impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRS).

De este modo, se crearon las condiciones para la desmaterialización de documentos, incentivando la adopción de un sistema de facturación electrónica y de archivo electrónico de documentos, permitiendo a las empresas una reducción de los costes de cumplimiento de sus obligaciones fiscales, estimulando el desarrollo y la utilización por parte de las empresas de nuevos instrumentos tecnológicos, incorporando una filosofía de innovación y desburocratización.

El Decreto-Ley 196/2007 de 15 de mayo vino a consagrar las condiciones técnicas para la emisión, conservación y archivo de las facturas o documentos equivalentes emitidos por vía electrónica, en los términos del Código del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Hoy en día, la factura electrónica constituye una herramienta contable y fiscal de relevante interés para las empresas, por cuanto disminuye los recursos materiales internos de las mismas y agiliza la circulación de documentos.

Contratación

Se celebra así el presente contrato de prestación de servicios, entre el Prestador y el Usuario:

Este contrato forma parte integrante de los Términos y Condiciones del Servicio, disponibles en el sitio de internet con la dirección www.fact.pt/terms, siguiendo, a efectos de esta contratación, las definiciones y convenciones previstas en el n.1 – Significado de Términos, de los mismos Términos y Condiciones del Servicio arriba mencionados, así como según los términos previstos en los restantes números de los mismos TCS.

Cláusula 1ª

Condiciones generales

Al utilizar el Servicio, y contratar la prestación de este Servicio, el Usuario, a título individual o en representación de su Empresa (según sea aplicable), acepta vincularse a los siguientes términos y condiciones:

  1. Las presentes Condiciones tienen por objeto establecer los términos y condiciones de prestación de servicios del programa de facturación con el componente de emisión, conservación y archivo de facturas electrónicas por el Prestador del servicio al Usuario.
  2. Los presentes términos y condiciones pueden ser actualizados periódicamente por el Prestador, sin previo aviso. El Usuario puede revisar la versión más actual de los TCS en cualquier momento en la siguiente ubicación: www.fact.pt/terms;
  3. Cualquier modificación del Servicio queda sujeta a los presentes TCS.
  4. El uso continuado del Servicio por parte del Usuario tras la ocurrencia de cualesquiera modificaciones operadas por el Prestador constituye consentimiento expreso para dichos cambios;
  5. La violación de cualquiera de las condiciones establecidas en los TCS confiere al Prestador el derecho de cerrar la cuenta del usuario infractor;
  6. Aunque el Prestador prohíbe tales conductas y contenidos en el Servicio, el usuario entiende y acepta que el Prestador no puede ser responsabilizado por el contenido introducido en el Servicio, aun cuando pueda verse expuesto a tales materiales;
  7. El Usuario acepta expresamente y asume el riesgo propio en la utilización del Servicio.

Cláusula 2ª

Legislación Aplicable y Formalidades Legales

  1. La prestación del servicio de emisión, conservación y archivo de facturas electrónicas respeta íntegramente las formalidades legales previstas en el Decreto-Ley 256/2003 de 21 de octubre y en el Decreto-Ley n.º 28/2019, de 15 de febrero, con las modificaciones introducidas por el DL n.º 48/2020, de 03 de agosto.
  2. El Servicio prestado por el Prestador garantiza:
    1. La autenticidad del origen de la factura;
    2. La integridad del contenido de la factura;
    3. La legibilidad de las facturas;
    4. La inserción por el respectivo programa de los siguientes elementos:
      1. Número secuencial del documento;
      2. Fecha y hora de emisión;
      3. Denominación social y número de identificación fiscal del proveedor de bienes o prestador de servicios;
      4. Denominación habitual y cantidades de los bienes transmitidos o de los servicios prestados;
      5. El precio neto de impuesto y el importe del impuesto debido, o el precio con inclusión del impuesto;
      6. La indicación expresa de que no constituyen factura, en los casos en que no lo sea;
      7. La inserción de un código de barras bidimensional (código QR) y un código único de documento (ATCUD);
    5. La integridad de la secuencia de las facturas, fechándolas y numerándolas de forma progresiva y continua, dentro de cada serie;
    6. El registro del código de validación de la serie, en cada serie creada;
    7. La validación cronológica de los mensajes emitidos como facturas electrónicas;
    8. La posibilidad de que el Usuario autorizado haga las copias de seguridad necesarias para el cumplimiento del deber legal de conservación de archivos;
    9. El archivo en soporte informático de las facturas emitidas por vía electrónica;
    10. El mantenimiento, durante el período previsto en el artículo n.º 2 del artículo 52º del Código del IVA, de la autenticidad, integridad y disponibilidad del contenido original de las facturas emitidas y recibidas por vía electrónica;
    11. La no repudio del origen y recepción de los mensajes;
    12. La no duplicación de las facturas emitidas y recibidas por vía electrónica;
    13. Mecanismos que permitan verificar que el certificado utilizado por el emisor de la factura no se encuentra revocado, caducado o suspendido en la respectiva fecha de emisión.
  3. El Prestador no garantiza la aceptación de la factura electrónica por el destinatario, cuyo consentimiento y aceptación deben ser obtenidos y garantizados por el Usuario.
  4. El Usuario debe celebrar un convenio escrito sobre facturación electrónica con los socios comerciales con los que pretenda adoptar ese sistema.
  5. El Usuario está obligado a poseer copias de seguridad de los soportes electrónicos, siendo cierto que los originales y las copias de seguridad deben almacenarse en lugares distintos y en las condiciones de conservación y seguridad necesarias para garantizar la imposibilidad de pérdida de los archivos.

Cláusula 3ª

Términos de Uso de la Cuenta

  1. Se aplican los términos generales previstos en los TCS que regulan la elegibilidad y responsabilidad del Usuario.
  2. El usuario es responsable de todo el contenido introducido y de toda la actividad que ocurra en su cuenta (incluso cuando el contenido sea introducido por otros usuarios que tengan acceso a su cuenta). Al remitir o divulgar esos contenidos en áreas del Servicio accesibles al público, el usuario declara ser el propietario de esos contenidos eximiendo al Prestador de todas las responsabilidades fiscales o parafiscales inherentes a la gestión o emisión de cualquier documento.
  3. El Usuario asume todos los riesgos y costes inherentes a la utilización del Servicio, pero confiere al Prestador poderes para proceder por su cuenta a la emisión de documentos.

Cláusula 4ª

Subcontratación a efectos de facturación electrónica

  1. El Prestador es titular de certificado digital con firma electrónica avanzada emitido por una autoridad acreditada, en cuanto entidad acreditada al efecto.
  2. El Prestador no se encuentra vinculado indefinidamente a esa autoridad, por lo que puede adquirir certificado digital a cualquier otra entidad acreditada.
  3. Por el presente contrato, y en los términos previstos en la ley, el Usuario confiere expresos poderes de representación al Prestador para emitir, conservar y archivar en su nombre y por su cuenta facturas electrónicas o documento equivalente.
  4. Las facturas se emitirán exclusivamente en formato PDF (Portable Document Format).
  5. Las facturas emitidas por el Usuario en el servicio serán firmadas electrónicamente con certificación digital por el Prestador, en nombre y por cuenta del Usuario, siendo posteriormente remitidas al destinatario de las mismas.
  6. El Prestador garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones legales en lo que respecta a la formalidad de emisión, conservación y archivo de facturas electrónicas, en los términos definidos por la legislación aplicable.
  7. El Prestador no se responsabiliza de la falta de emisión, duplicación, contenido o cualquier otra irregularidad en la emisión de la factura o documento equivalente.
  8. En el caso de que ocurra un fallo momentáneo del sistema no previsible, o se den circunstancias excesivamente onerosas o que imposibiliten temporalmente al Prestador aplicar la firma electrónica en las facturas, el Prestador debe comunicar de inmediato al Usuario dicho hecho. En tal caso el Usuario debe recurrir a la emisión de facturas en soporte papel, por el tiempo estrictamente necesario y hasta nueva comunicación del Prestador en ese sentido.
  9. En caso de que ocurra algún fallo en el Servicio, en el servicio de facturación electrónica, o en el sistema informático de los Usuarios, el adquirente del servicio deberá recurrir a la emisión de facturas en soporte papel, eximiendo al Prestador de cualquier responsabilidad por cualesquiera daños o incumplimiento de obligaciones de cualquier naturaleza, concretamente las de naturaleza fiscal y tributaria.
  10. En caso de inspección de la Cuenta del Usuario en el Servicio por parte de la Administración Tributaria, el Prestador facilitará todos los elementos solicitados y la colaboración necesaria exigibles por ley.
  11. El Prestador pone a disposición integración y canal de acceso a servicios de Firma Electrónica Cualificada, prestados por entidad tercera con competencia legal, quedando a cargo del Usuario todo el proceso de contratación del mencionado servicio, por lo que no podrá exigirse responsabilidad alguna al Prestador por la indisponibilidad temporal o permanente, el mal funcionamiento de dicho servicio o el incumplimiento por parte de la entidad tercera.

Cláusula 5ª

Términos de Uso

La Utilización del Servicio está vinculada a los términos de este acuerdo, como parte integrante de los TCS que integra. A efectos de facturación electrónica se vincula también a los siguientes términos:

  1. El Prestador en ningún caso puede ser responsabilizado por perjuicios sufridos por el Usuario o por terceros con acceso al Servicio, en virtud de cualesquiera retrasos, interrupciones, errores y suspensiones de comunicaciones, deficiencias o fallos en la red o servicios de comunicaciones, en el sistema informático, en los módems, en el software de conexión o eventuales virus informáticos.
  2. El Prestador se reserva el derecho de en cualquier momento modificar o descontinuar, temporal o permanentemente, su acceso al Sitio (o cualquier parte de este) con o sin previo aviso.
  3. En caso de que el Servicio sea descontinuado permanentemente, el Prestador informará al Usuario de dicho hecho con 30 (treinta) días de antelación, sobre la fecha en que dicho cierre ocurrirá.
  4. Tras el cierre de la cuenta, el Prestador remitirá por correo electrónico, en un archivo comprimido y en formato PDF al usuario todos los documentos, datos e informaciones que existan en la cuenta de este.
  5. El usuario puede solicitar el envío de toda la información, por otra vía, a su cargo.
  6. El archivo de conservación y archivo de facturas emitidas hasta la fecha de cierre de la cuenta será también enviado al Usuario.

Para cualquier situación no prevista en estos Términos o en los TCS, o cuando se suscite duda en su interpretación, se aplicará a todos los efectos lo previsto en la Ley Portuguesa.